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El Conocimiento de Embarque Electrónico: desafío=
s y
perspectivas para su implementación en el comercio marítimo panameño
=
Mónica Zulay Ivan=
kovich
L´Hoeste. 1*
1
Universidad
de Panamá. República de Panamá.
*Autor por correspondencia: monica.ivankovich@up.ac.pa
Recibido: 27 de octubre de 2025
Acepta=
do: 30
de noviembre de 2025
Resumen
El conocimiento de
embarque electrónico (e-B/L) se presenta como una de las innovaciones más
interesantes y puntuales en el comercio marítimo contemporáneo, al modifi=
car un
documento que ha sido utilizado tradicionalmente en forma física, para dar=
le un
giro hacia un instrumento digital con plena validez jurídica. Este artícu=
lo
analiza el marco normativo, convencional y tecnológico que sustenta el e-B=
/L,
evaluando sus implicaciones en la práctica comercial y en el derecho marí=
timo
panameño. A través de una revisión bibliográfica y del examen de instru=
mentos
internacionales como las Reglas de Rotterdam y la Ley Modelo de la CNUDMI s=
obre
Documentos Transferibles Electrónicos (MLETR), se identifican los principa=
les
retos jurídicos y desafíos operativos que enfrenta su adopción. Su
implementación en Panamá requiere la armonización de la normativa nacion=
al con
los estándares internacionales y la inversión en infraestructura digital =
segura
que garantice la autenticidad, integridad y transferibilidad del documento.=
Igualmente
se deben considerar las dificultades y falta de acceso a la tecnológica
existente entre los distintos actores de la cadena logística, que se tradu=
cen
en factores culturales y operativos, resistencia al cambio, capacitación
necesaria y falta de intercomunicación entre los sistemas digitales de
navieras, agentes, autoridades portuarias, entre otros. Si analizamos cada =
una
de estas circunstancias, podemos apreciar tanto limitaciones como oportunid=
ades
de desarrollo. Panamá está en condiciones de liderizar la implementación
regional del e-B/L mediante la modernización de su legislación marítima,=
la
adopción de plataformas electrónicas seguras basadas en tecnologías como=
blockchain y la creación de mecanismos de cooperaci=
n
público-privada que impulsen la transformación digital del sector.
Palabras clave: armonización, estándares internacionales, derecho marítimo, come=
rcio
internacional, Panamá.
Ab= stract
The electronic bill of lading (e-B/L) is one of the most
interesting and timely innovations in contemporary maritime trade, transfor=
ming
a document traditionally used in physical form into a legally valid digital
instrument. This article analyzes the regulatory, conventional, and
technological framework that underpins the e-B/L, evaluating its implicatio=
ns
for commercial practice and Panamanian maritime law. Through a literature
review and an examination of international instruments such as the Rotterda=
m Rules
and the UNCITRAL Model Law on Electronic Transferable Documents (MLETR), the
main legal and operational challenges facing its adoption are identified. I=
ts
implementation in Panama requires harmonizing national regulations with
international standards and investing in secure digital infrastructure that
guarantees the document's authenticity, integrity, and transferability.
Similarly, consideration must be given to the difficulties and lack of acce=
ss
to existing technology among the various actors in the logistics chain, whi=
ch
translate into cultural and operational factors, resistance to change,
necessary training, and a lack of intercommunication between the digital
systems of shipping companies, agents, port authorities, among others.
Analyzing each of these circumstances reveals both limitations and
opportunities for development. Panama is well-positioned to lead the region=
al
implementation of e-B/Ls by modernizing its maritime legislation, adopting
secure electronic platforms based on technologies such as blockchain and
creating public-private partnerships that drive the sector's digital
transformation.
Keywords: Harmonization, international standards, maritime law, international trade, Panama.
Introducción
Para el comercio marítimo de la Edad
Medida, el conocimiento de embarque (Bill of Lading-B/L) era una herramienta esencial para documen=
tar la
relación entre el cargador, el transportista y el consignatario. Su funci=
n
como prueba de recepción de mercancías, contrato de transporte y título
representativo de la propiedad lo convierte en un documento clave para el
funcionamiento del comercio internacional.
El B/L es un documento emitido por la
empresa naviera o su agente, que hace constar que se ha recibido la mercanc=
ía
para ser transportada; es un contrato entre el remitente, el destinatario y=
el
transportista; y establece los términos y condiciones del transporte.
Sin embargo, el carácter físico de es=
te
instrumento ha generado limitaciones en un contexto global cada vez más
digitalizado. Para la normativa panameña, el conocimiento de embarque es la
evidencia de la existencia del contrato de transporte, por tanto, ambos no
deben confundirse. Como centro logístico y marítimo de trascendencia mund=
ial,
la adopción para Panamá del conocimiento de embarque electrónico (e-B/L)
representa tanto una oportunidad como un desafío. A pesar de que nuestro p=
aís
cuenta con una sólida infraestructura portuaria y un régimen marítimo a =
tono
con la realidad del sector, su marco jurídico aún presenta vacíos respec=
to a la
equivalencia legal de los documentos electrónicos transferibles, para supe=
rar
el uso físico del papel.
Organizaciones internacionales como la
Cámara de Comercio Internacional (CCI) y la Comisión de las Naciones Unid=
as
para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), han propuesto marcos
normativos para su reconocimiento legal.
1. Evolución normativa internacional.
1.1 Las Rotterdam Rules.
El Convenio de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Transporte
Internacional de Mercancías Total o Parcialmente por Mar , conocido como l=
as
Reglas de Rotterdam, adoptado en diciembre de 2008, establece normas
obligatorias de responsabilidad por pérdidas o daños derivados del transp=
orte
internacional de mercancías por mar y pretende ser un sucesor moderno de l=
os
convenios internacionales anteriores en la materia, a saber, las Reglas de =
La
Haya de 1924, las Reglas de La Haya-Visby de 1968 y las Reglas de Hamburgo =
de
1978. Las Rotterdam Rules, constituyen un intento moderno de regular el
transporte marítimo internacional incluyendo documentos electrónicos de
transporte. El artículo 8 establece que siempre que se tenga el consentimi=
ento
del porteador y del cargador, se podrá consignar en un documento electrón=
ico
todo lo relacionado al documento de transporte tradicional, que surtirá el
mismo efecto que la emisión, posesión o transferencia de dicho documento.=
Estas reglas, sin embargo, todavía no han sido ratificadas por un
número suficiente de Estados para entrar plenamente en vigor en todo el mu=
ndo.
Se requiere de 20 Estados y aún no superan los 5 Estados (España, Congo, =
Benín,
Camerún y Togo).
1.2 La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional. (2017). Ley Modelo de la CNUDMI sobre Documentos Transferibl=
es
Electrónicos, (Model Law<=
/span> on Electronic Transferable Records (MLETR) de la United Nations Commission on International Trade Law -UNCITRAL-).
La Ley Modelo (MLETR), adoptada el 13 de julio de 2017, establece un
marco legal que permite la utilización de documentos transferibles en form=
ato
electrónico, incluyendo los conocimientos de embarque, siempre que se cump=
lan
ciertos requisitos de equivalencia funcional, integridad, control y
transferencia. Su artículo 2 define que un registro electrónico transferible (<=
span
class=3DSpellE>electronic t=
ransferable
record) es funcionalmente equivalente a un documento o instrumento transferible (transferable d=
ocument
or instrument) si c=
ontiene
la información requerida para dicho documento; si está sujeto a un método
fiable de control desde su creación hasta que deje de tener efecto, y si se
mantiene su integridad.
1.3. Otros instrumentos y estándares internacionales relevantes
Además de los tratados ya expresados, existen otros marcos y guías
complementarias que consolidan la base jurídica del e-B/L, tales como:
a)&n=
bsp;
La recomendación de la CNUDMI sobre el Comercio sin Papeles (Paperless Trade, 2019): i=
nterés
de modernizar y armonizar las leyes de comercio internacional, facilitando =
la
transición a sistemas digitales.
b)
Electronic Trade D=
ocuments
Act (Reino Unido, 2023): reconoce legalmente los
documentos comerciales electrónicos, estableciendo que un documento comerc=
ial
puede existir en formato digital y ser negociable, siempre que cumpla con l=
as
condiciones de control exclusivo e integridad.
c)&n=
bsp;
ICC Digital Standards Initiative
(Cámara de Comercio Internacional-CCI ó ICC, =
2023)o
Iniciativa de Estándares Digitales (DSI), es una iniciativa global con sed=
e en
Singapur, respaldada por una Junta de Gobernanza internacional integrada por
líderes de la ICC, Enterprise Singapore, el Ba=
nco
Asiático de Desarrollo, la Organización Mundial del Comercio y la Organiz=
ación
Mundial de Aduanas, que tiene como objetivo acelerar el desarrollo de un
entorno comercial digitalizado y armonizado a nivel mundial, como un factor
clave para un crecimiento dinámico, sostenible e inclusivo y promueve
estándares técnicos globales para la digitalización del comercio, incluy=
endo
los e-B/L interoperables.
1.4. Implementación del
e-B/L en el contexto panameño y latinoamericano.
En la Ley 8 de 30 de marzo de 1982 y sus reformas (Ley 11 de 1986 y=
Ley
12 de 2009), Artículo 313, se expresa que el conocimiento de embarque se
considera indubitablemente un documento privado, salvo prueba en contrario;=
y
el Artículo 314, abre la posibilidad de que se presente en copia o reprodu=
cida
por cualquier otro medio técnico, lo cual permite como hasta la fecha, que=
los
Tribunales Marítimos panameños, reciban e-B/L en los procesos que se inst=
auran
ante él.
En mayo de 2023, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) concluyó =
la
actualización de la Ley General de la Marina Mercante No.57 de 6 de agosto=
de
2008, con el objetivo de mejorar la competitividad y la adopción de nuevas
tecnologías. Esta reforma aún se mantiene como proyecto de ley No.1129 de=
20 de
febrero de 2024 en la Asamblea Nacional y no incorpora de manera explícita=
, la
equivalencia al documento papel y demás requisitos necesarios para la
implementación digital de los e-B/L, aun cuando mencione el “uso o adopc=
ión de
medios tecnológicos o nuevas tecnologías”. Por ello, se puede considera=
r que
Panamá está en una fase de transición regulatoria y tecnológica en esta
materia.
2. Estado actual de la
regulación y aceptación del e-B/L.
La transformación digital en el transporte marítimo exige que los
marcos jurídicos nacionales reconozcan que el documento electrónico tiene=
los
mismos efectos que el papel. La ley inglesa (de Documentos Comerciales
Electrónicos- 2023), usa el término “control” en vez de “posesión=
para los
e-B/L, ya que la posesión física no es aplicable en el entorno digital, l=
o cual
es totalmente aceptable.
La transición a los conocimientos de embarque electrónicos ya no =
es
solo una opción; ahora puede ser una ventaja estratégica; ofrecen eficien=
cia,
seguridad y sostenibilidad en su uso, conservando la misma validez legal que
sus equivalentes en papel, modernizando las operaciones, reduciendo costos y
mejorando el servicio.
A diferencia de las Reglas de Rotterdam, la MLETR ya ha sido
implementada en varios países, como Bahréin, Singapur, Paraguay, Emiratos
Árabes Unidos, Reino Unido, Francia, Chile y Filipinas.
La ventaja jurídica principal de la MLETR es su neutralidad
tecnológica, ya que no impone el uso de una tecnología específica como <=
span
class=3DSpellE>blockchain, sino que deja en libertad a los Estados y
operadores para utilizar el método más fiable que garantice la autenticid=
ad y
el control.
B. Tecnología y requis=
itos
operativos del e-B/L.
Para entender cómo funciona el conocimiento de embarque electróni=
co,
debemos tener claro qué es la tecnología blockchain<=
/span>.
El término blockchain es una combinación de l=
as
palabras "bloque" y "cadena". Actúa como una huella
digital, y cada bloque es totalmente único y está cifrado. Por lo tanto, =
cada
bloque de la cadena solo puede comunicarse con el siguiente y transferirle =
los
datos de forma segura. La información protegida por b=
lockchain
no se puede modificar. La blockchain y la huella
digital garantizan que solo su propietario o las personas autorizadas tengan
acceso a la información distribuida. La huella digital actúa como una cla=
ve con
la que se puede asignar claramente la información o los datos inalterables=
.
Ya algunas navieras como Hapag-Lloyd, están utilizando la tecnolog=
ía blockchain. La misma se ha asociado con WAVE BL, una
plataforma avanzada, impulsada por inteligencia artificial (IA), que automa=
tiza
los procesos de documentos comerciales, transformando archivos estáticos en
datos prácticos y en tiempo real.
Desde el punto de vista operativo, la transición al e-B/L requiere
garantizar, identificación confiable del registro electrónico para distin=
guirlo
de copias o documentos falsos; tener control efectivo, equivalente a la
“posesión” del documento físico, donde el titular del e-B/L demuestre=
que tiene
el control exclusivo del registro; contar con la integridad del registro
electrónico, de modo que no haya alteraciones no autorizadas y se garantic=
e la
autenticidad desde su emisión hasta su entrega.
1. Obstáculos y retos
específicos.
En definitiva, el conocimiento de embarque electrónico se presenta=
con
algunos obstáculos y retos para el comercio marítimo y el transporte
internacional; por ejemplo, la dificultad para operar entre plataformas
digitales y la aceptación legal de los documentos electrónicos. Al manten=
erse
la resistencia al cambio de parte de algunos actores del sector marítimo y
logístico, se provoca la demora en la estandarización o unificación de n=
ormas y
procedimientos. También existe la preocupación por el manejo seguro de los
datos y el superar barreras culturales y tecnológicas; se hace necesario la
formación jurídica y técnica en el uso de instrumentos digitales.
Como país, tenemos retos puntuales que abordar, entre ellos, incor=
porar
en el derecho interno panameño, la equivalencia legal y negociabilidad de =
la
versión electrónica, para que su normativa sea compatible con los princip=
ales
puertos, transportistas y bancos internacionales que le den el reconocimien=
to
transfronterizo debido al e-B/L. El sector marítimo ha estado utilizando p=
or
décadas el acostumbrado documento físico, por lo que se requiere realment=
e de
conocimiento, confianza y capacitación para entender el nuevo sistema y
utilizarlo con todas las ventajas que el mismo ofrece a la industria marít=
ima,
minimizando errores humanos, mejorando la trazabilidad de las mercancías, =
la competitividad y la sostenibi=
lidad
de sus operaciones.
2. Perspectivas y venta=
jas
de la adopción del e-B/L.
Con el conocimiento de embarque electrónico se espera reducir tiem=
po y
costos, agilizando de esa manera, la cadena logística.
Conforme al objetivo global de “paperless trade”, el e-B/L es un componente clave para la
digitalización del comercio internacional.
La no adopción o incorporación de los principios de la Ley Modelo
(MLETR) en nuestro ordenamiento jurídico produce incertidumbre en el sector
marítimo, portuario y logístico. Es imperante avanzar en dicha adopción,
contemplando la equivalencia funcional entre documentos físicos y electró=
nicos.
Paraguay, Chile y Brasil han dado pasos concretos hacia la adopció=
n de
marcos regulatorios compatibles con la MLETR, y Panamá, México y Colombia=
, aún
se encuentran en una fase de exploración normativa o de proyectos piloto
liderados por actores privados y cámaras marítimas.
El reto común en la región es lograr la armonización entre el de=
recho
marítimo tradicional y las tecnologías digitales, garantizando que los
documentos electrónicos tengan los mismos efectos legales que sus equivale=
ntes
en papel, en especial en lo referente a la transferibilidad y la seguridad
jurídica en operaciones internacionales.
Conclusiones.
El conocimiento de embarque electrónico es una herramienta esencial
para la digitalización y modernización del comercio marítimo y la transi=
ción
hacia operaciones logísticas sin papel. Su adopción mejora la eficiencia,
reduce costos y fortalece la seguridad documental.
Si bien es cierto que el marco jurídico panameño aún no reconoce
plenamente la equivalencia funcional del e-B/L, lo cual limita su aplicabil=
idad
práctica; el solo hecho de incorporar principios de la Ley Modelo (MLETR) =
y de
la Convención de las Reglas de Rotterdam (2008), a la legislación naciona=
l,
sería fundamental para su implementación. Por tanto, se hace necesario la
armonización del marco jurídico panameño con las normas internacionales =
de
comercio digital.
Panamá cuenta con una sólida tradición marítima, que avanza en =
materia
de modernización tecnológica. De adoptar estas normas internacionales
contribuirá al cumplimiento de las recomendaciones sobre comercio sin pape=
les y
digitalización logística, alineándose con los objetivos de desarrollo
sostenible de la ONU (ODS 9 y 17), que promueven la innovación y la cooper=
ación
internacional.
El uso del e-B/L exige una infraestructura tecnológica robusta y
confiable.
La falta de armonización entre las legislaciones nacionales y los
tratados internacionales genera inseguridad jurídica en las operaciones
transfronterizas. Esta asimetría provoca incompatibilidades legales que im=
piden
el uso uniforme del e-B/L en cadenas logísticas internacionales, especialm=
ente
cuando participan múltiples jurisdicciones con marcos regulatorios distint=
os.
El cambio de paradigma del papel al entorno digital requiere
capacitación técnica y jurídica. Se requiere promover una cultura digital
marítima, acompañada de campañas institucionales y formación en derecho
tecnológico y comercio electrónico.
El conocimiento de embarque electrónico ofrece un potencial
transformador para el comercio marítimo, pero su éxito depende de un equi=
librio
entre innovación tecnológica y seguridad jurídica.
Referencias
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Ivankovich, M.Z. DOI:
Ivankovich, M.Z. DOI:
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Pens. Crit. (ISSN 1812-3864; eISSN 2644-4119)
Vol. =
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DOI: https://doi.org/10.37387/ipc.v13i1.405=
Ensayo