Are minimal uses of force excluded from Article 2(4) and should they be excluded?
Palabras clave:
Uso de fuerza, Umbral de Gravedad, Articulo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas, Interpretación Amplia, Formas menos graves de fuerza, ContramedidasResumen
Resumen
El presente trabajo analiza si los usos mínimos de fuerza deberían ser excluidos de la responsabilidad
de los Estados de no recurrir a la fuerza en el ejercicio de sus relaciones internacionales bajo el marco
de la Carta de las Naciones Unidas. Para lo mismo, el trabajo contiene (I) Una breve introducción a la
prohibición del uso de fuerza, y al debate académico actual sobre “formas menos graves”, (II) Una
explicación de los argumentos prominentes en contra de la exclusión de los usos mínimos de fuerza
de la regla general, (III) Un análisis que establece porque los usos mínimos de fuerza no deben ser
excluidos de la regla general, (IV) Una conclusión que establece como la aceptación de los usos
mínimos de fuerza puede amenazar la paz y seguridad internacional.
Abstract
This paper considers if minimal uses of force should be excluded from the general prohibition on the
use of force established in the UN Charter. To this end, the paper offers (I) a brief introduction of
the prohibition on the use of force and the current academic debate on “less grave forms” of it, (II)
an explanation of the leading arguments against the exclusion of minimal uses force from the general
rule, (III) an analysis stating why minimal uses of force should not be excluded from the general rule,
and (IV) a conclusion which emphasizes on how the acceptance of minimal uses of force could
threaten international peace and security.